
122 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 5 de junio de 2006
8.- En caso de haber percibido ingresos por dividendos y/o remanente distribuible, informe el monto, fecha
y nombre de la persona moral que los pagó, y proporcione copia de la documentación comprobatoria de los
mismos.
9.- Copias de estados de cuenta bancarios y de inversión, abiertas a su nombre, en instituciones de
crédito, sociedades de inversión y casas de bolsa nacionales o extranjeras, así como de contratos celebrados,
en su caso, indicando si es el único titular, y en el supuesto de ser cotitular indique el porcentaje que le
corresponde.
10.- Papel de trabajo relativo a los depósitos registrados en los estados de cuenta por cada una de las
cuentas de cheques e inversión abiertas a su nombre, en instituciones de crédito y en casas de bolsa
nacionales o extranjeras, cuyos datos deberán ser transcritos de los estados de cuenta originales.
Para efectos de la correcta elaboración del papel de trabajo antes referido, se hace entrega de instructivo
en tres fojas útiles, impresión del formato modelo en una foja útil y disco magnético que contiene el archivo
correspondiente, documentos que forman parte integrante del presente oficio.
El papel de trabajo debidamente requisitado, deberá entregarse en dos tantos firmados por el
contribuyente o su representante legal, junto con el disco magnético que contenga el archivo de dicho
documento.
Esta información deberá presentarse en forma completa, correcta y oportuna, mediante escrito original y
dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal, haciendo referencia al número de este
oficio, en esta Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración Central de Fiscalización
Estratégica, con domicilio en la avenida Hidalgo 77, módulo II, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc,
código postal 06300, en esta Ciudad de México, D.F., dentro del plazo de quince días, contados a partir del
día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del presente oficio, de conformidad con lo previsto en
el artículo 53, inciso c), del mencionado Código Fiscal de la Federación.
Se hace de su conocimiento que el no proporcionar en forma completa, correcta y oportuna, los informes,
datos y documentos solicitados para el ejercicio de las facultades de comprobación que se practican de
conformidad con lo establecido en el artículo 48, primer párrafo, fracción II y III, del Código Fiscal de la
Federación, dentro del plazo otorgado para tal efecto, constituye una infracción en términos del artículo 85
fracción I, del Código citado, la cual se sanciona de conformidad con lo señalado en el artículo 86 fracción I,
del propio Ordenamiento, en cuyo caso, la autoridad podrá proceder en términos de lo dispuesto en el artículo
40 del referido Código Fiscal.”
Oficio que se notifica por edictos durante tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, por
un día en un diario de mayor circulación y durante 15 días consecutivos en la página electrónica del Servicio
de Administración Tributaria: http://www.sat.gob.mx, de conformidad con el artículo 134 fracción IV y 140 del
Código Fiscal de la Federación, el oficio cuyos datos de identificación a continuación se indican.
Número y fecha del oficio: 324-SAT-VI-8659 de fecha 15 de mayo de 2006.
Administración emisora: Administración Central de Fiscalización Estratégica de la Administración General
de Auditoría Fiscal Federal.
Asunto: se solicita información y documentación.
Orden de gabinete número GPF9500035/06
Asimismo, se indica que el oficio detallado y notificado por este medio queda a su disposición en las
oficinas de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración Central de Fiscalización
Estratégica, con domicilio en avenida Hidalgo 77, módulo II, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc,
código postal 06300, en esta Ciudad de México, D.F.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 25 de mayo de 2006.
El Administrador Central de Fiscalización Estratégica
C.P. Eduardo Ramírez Schuetz
Rúbrica.
(R.- 231469)
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