Acros AB30467 User Manual Page 132

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4 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 5 de junio de 2006
EXTRACTO del Título de Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, para
la prestación del servicio de televisión restringida en la población de Valle Hermoso, Tamps., otorgado en favor de
Carlos Eduardo Juaristi Castellanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Comunicaciones y Transportes.
EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION PARA INSTALAR, OPERAR Y EXPLOTAR UNA RED PUBLICA DE
TELECOMUNICACIONES, PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION RESTRINGIDA EN LA POBLACION
DE VALLE HERMOSO, TAMPS., OTORGADO A FAVOR DE CARLOS EDUARDO JUARISTI CASTELLANOS, EL 27 DE
MARZO DE 2006.
EXTRACTO DEL TITULO DE CONCESION
Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones, que otorga el Gobierno
Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en lo sucesivo la Secretaría, a favor
de Carlos Eduardo Juaristi Castellanos, al tenor de los siguientes antecedentes y condiciones.
1.5. Vigencia. La vigencia de esta Concesión será de 10 (diez) años, contados a partir de la fecha de
otorgamiento de la Concesión, y podrá ser prorrogada de acuerdo con lo señalado por el artículo 27 de la Ley.
2.1. Calidad de los servicios. El Concesionario se obliga a prestar los servicios comprendidos en esta
Concesión, en forma continua y eficiente, garantizando en todo momento la interoperabilidad e interconexión
con otras redes públicas de telecomunicaciones, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas aplicables y las características técnicas establecidas en la Concesión y en su o sus Anexos.
Asimismo, el Concesionario, dentro de un plazo de 360 (trescientos sesenta) días naturales, contado a
partir del otorgamiento de la Concesión, se obliga a instrumentar los mecanismos necesarios para poder llevar
a cabo las reparaciones de la Red o las fallas en los servicios, dentro de las 8 (ocho) horas hábiles siguientes
a la recepción del reporte correspondiente.
El Concesionario se obliga a que los servicios comprendidos en la Concesión, se presten con las mejores
condiciones de precio, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios, a fin de promover un desarrollo
eficiente de las telecomunicaciones. Para ello, deberá presentar a la Comisión, dentro de los 120 (ciento
veinte) días naturales siguientes a la fecha de otorgamiento de la Concesión, los estándares mínimos de
calidad de dichos servicios que se obliga a respetar, sin perjuicio de que cumpla con las normas de calidad
establecidas en el o los Anexos de la presente Concesión y, en su caso, con las reglas de carácter general
que al efecto expida la Comisión.
2.8. Servicios de emergencia. El Concesionario deberá presentar a la Comisión, dentro de los 180
(ciento ochenta) días naturales contados a partir de la fecha de otorgamiento de la Concesión, un plan de
acciones para prevenir la interrupción de los servicios, así como para proporcionar servicios de emergencia,
en caso fortuito o de fuerza mayor.
En la eventualidad de una emergencia y dentro del área de cobertura de la Red, el Concesionario
proporcionará los servicios indispensables que indique la Secretaría, en forma gratuita, sólo por el tiempo y en
la proporción que amerite la emergencia.
El Concesionario deberá dar aviso a la Secretaría y a la Comisión, de cualquier evento que repercuta en
forma generalizada o significativa en el funcionamiento de la Red.
Anexo A de la Concesión para instalar, operar y explotar una red pública de telecomunicaciones,
que otorga el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a
favor de Carlos Eduardo Juaristi Castellanos, el 27 de marzo de 2006.
A.2. Servicios comprendidos. En el presente anexo se encuentra comprendido el servicio de televisión
restringida, según se define en el artículo 2 del Reglamento.
A.4. Compromisos de cobertura de la Red. El área de cobertura de la Red comprende la población de
Valle Hermoso, Tamps.
El Concesionario se obliga a instalar con infraestructura propia, durante los primeros 5 (cinco) años de
vigencia de la Concesión, el programa de cobertura de la Red que se señala a continuación:
Longitud de Línea Etapa I
(kms)
Etapa II
(kms)
Etapa III
(kms)
Etapa IV
(kms)
Etapa V
(kms)
Total
(kms)
Troncal 8.0 -- -- -- -- 8.0
Distribución 45.0 -- -- -- -- 45.0
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